Ordenar la inscripción del citado Convenio colectivo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora. Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Madrid, 4 de junio de El presente Convenio afecta a todas las Empresas dedicadas a la fabricación de harinas y sémolas. Artículo 2. Artículo 3.